null Convocatoria Proyectos Prueba de Concepto 2021 del MICIN

mOBJETO 

Iniciativa contemplada en el Plan Estatal de I+D+i 2021-2023 e incluida en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE (Plan de Recuperación) para  la financiación de proyectos dirigidos a la obtención de prototipos tecnológicos, la demostración a escala piloto, pruebas con usuarios finales, u otras actividades, que permitan la validación de resultados obtenidos en proyectos enmarcados en los Programas de Generación de Conocimiento (PGC) y Retos para la sociedad (RTI) , y su transferencia a la industria.


Se contemplan tres convocatorias: 2021, 2022 y 2023 dotadas con un presupuesto estimado de 40 M€ por convocatoria.

PLAZO DE PRESENTACIÓN: Del 29 de abril hasta el 13 de mayo de 2021

BENEFICIARIOS

a) Organismos públicos de investigación.
b) Universidades públicas y privadas (con capacidad demostrada en I+D).
c) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud.
d) Institutos de investigación sanitaria acreditados.
e) Centros Tecnológicos de ámbito estatal y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008.
f) Otros centros públicos de I+D.
g) Centros privados de I+D.

REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

  • Investigadores Principales de proyectos PGC o RTI financiados en las convocatorias de 2016 y 2017, de cualquiera de sus modalidades (A, B, RTA, JIN).
  • Debe ser presentado por al menos uno de los IP que lo fueron en el anterior proyecto.
  • Máximo 1 solicitud de PDC por proyecto I+D+i aprobado (2016, 2017).

Investigador principal

  • Los proyectos financiados podrán estar dirigidos por un/a o dos IP.
  • Unicamente podrán ser IP aquellas personas que hayan dirigido los proyectos de investigación de los que deriva el proyecto de prueba de concepto.
  • Si se figura como IP en una solicitud presentada a esta convocatoria, no se podrá figurar ni como IP ni como personal del equipo de investigación en otra solicitud de esta convocatoria.
  • Deberá tener el grado de doctor/a.
  • Relación funcionarial, estatutaria, laboral con la entidad solicitante, o con otra entidad que cumpla los requisitos previstos en el artículo 5, que se mantendrá desde la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes hasta que finalice el periodo de ejecución del proyecto.
  • No estar contratado/a con cargo a los fondos obtenidos en convocatorias de los planes estatales de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 o 2017-2020.

Equipo de investigación

  • Estar en posesión del grado de doctor/a o de la titulación universitaria de licenciatura, ingeniería, arquitectura o grado.
  • Tener una relación funcionarial, estatutaria, laboral o cualquier otro vínculo profesional con la entidad solicitante, o con otra entidad que cumpla los requisitos previstos en el artículo 5, siempre que esta le autorice expresamente a participar en la solicitud presentada por la entidad solicitante.
  • No estar contratado/a con cargo a los fondos obtenidos en convocatorias de los planes estatales de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016 o 2017-2020.
  • Se podrá figurar como personal del equipo de investigación en un máximo de 2 solicitudes de esta convocatoria.
  • No se podrá figurar en una solicitud de esta convocatoria como personal del equipo de investigación si se figura como IP en otra solicitud presentada en esta convocatoria.

Equipo de trabajo: El equipo de trabajo estará formado por aquellas personas que participen en la ejecución del proyecto y que no figuren como IP ni como personal del equipo de investigación. Podrán pertenecer al equipo de trabajo:

  • Personal investigador que no cumpla los requisitos de vinculación.
  • Personal contratado con cargo a convocatorias de los planes estatales de I+D+i  2013-2016 y 2017-2020 (revisar excepciones en la convocatoria).
  • Personal predoctoral en formación.
  • Personal técnico de apoyo a la investigación.
  • Personal investigador perteneciente a entidades de investigación sin residencia fiscal en España (contribución real al proyecto).

TIPO DE PROYECTOS

Los proyectos se realizarán de forma individual, con un/a o o dos IP y un equipo de investigación, o de forma coordinada, con varios subproyectos, cada uno de ellos con uno/a o dos IP y un equipo de investigación.

La realización del proyecto de prueba de concepto deberá ser en la misma forma – individual o coordinada- que el proyecto de investigación financiado del que deriva. Unicamente podrán formar parte del proyecto coordinado los subproyectos de dicho proyecto inicial de investigación que vayan a contribuir a la prueba de concepto y, en ningun caso, podrán presentarse como proyectos individuales a esta convocatoria.

Los proyectos coordinados estarán formados por un mínimo de 2 y un máximo de 6 subproyectos, uno de los cuales será el subproyecto coordinador, que estará liderado por el/la IP coordinador/a.  Si el subproyecto coordinador tiene dos IP, ambos/as serán considerados/as IP coordinador/a.

CARACTERÍSTICAS DE LOS PROYECTOS

  • La duración de los proyectos (y subproyectos) será de 2 años.
  • Los PdC tendrán como objetivo valorizar los conocimientos y resultados de los proyectos de investigación financiados, mediante la realización de actividades adicionales que permitan confirmar el potencial innovador de los mismos y facilitar su transferencia.
  • Los proyectos PdC no podrán estar orientados a la continuación de la investigación del proyecto previo.
  • Las actividades del proyecto de PdC estarán orientadas a progresar en las primeras etapas del desarrollo pre-competitivo, si bien se admitirán solicitudes en diferentes estados de maduración, siempre que se cumpla con el carácter finalista de la convocatoria.
  • Los resultados de investigación objeto de este proyecto no podrán ser copropiedad de empresas, ni haber sido licenciados o transferidos a empresas, salvo que se trate de desarrollos con aplicaciones distintas a las ya licenciadas o transferidas.
  • Las propuestas deberán proponer un plan de implementación que describa las actividades de valorización y transferencia de los conocimientos y resultados prevista, así como las actuaciones que permitan reducir la incertidumbre sobre su viabilidad tecnica, comercial o social.
  • Los solicitantes deberán informar acerca de las etapas que pretenden recorrer en la propuesta para prueba de concepto, así como, en su caso, de los niveles de madurez tecnológica (TRL) previstos.
  • El resultado a financiar no podrá haber ser copropiedad con una empresa, ni haber sido ya licenciado o transferido.
  • Los proyectos PDC serán compatibles con otros proyectos en ejecución o solicitados

TIPO DE ACTIVIDADES QUE SE PUEDEN INCLUIR EN LAS PROPUESTAS

a) Desarrollo necesario para la conversión de los resultados de la investigación en un proceso de creación de valor, con potencial innovador.

b) Análisis de la viabilidad técnica, comercial o social de los resultados objeto de la prueba de concepto.

c) Obtención de prototipos, demostración a escala piloto, pruebas con usuarios finales, u otras actividades que permitan la validación del resultado, proceso o producto y su paso a escala real.

d) Establecimiento de contactos con empresas, y otros agentes sociales, organizaciones culturales, responsables de políticas y servicios públicos u otros potenciales usuarios finales de los resultados del proyecto.

e) Protección del conocimiento y gestión estratégica de los derechos de propiedad industrial e intelectual (DPI) vinculada a la tecnología o el conocimiento objeto de la prueba de concepto.

f) Acciones encaminadas a la transferencia y explotación de resultados; elaboración del plan de negocio y previsión de financiación para etapas posteriores.

g) Actuaciones iniciales para la creación de una empresa (spin off, empresa basada en el conocimiento (EBT), entre otros).

h) Actividades de formación, mentoría o asesoría que contribuyan a desarrollar y fortalecer las capacidades de emprendimiento del equipo investigador.

FINANCIACIÓN Y CUANTÍA DE LA AYUDA

  • Las ayudas se concederán bajo la modalidad de subvención.
  • Las ayudas podrán financiar hasta el 100 % de los costes marginales solicitados.
  • Financiación máxima de cada proyecto de 150.000 euros.

GASTOS FINANCIABLES

a) Costes de personal. Gastos de personal, que deberá estar dedicado exclusivamente al proyecto.

b) Costes de movilidad (gastos de viaje, dietas, seguros o visados).

c) Costes de adquisición, mantenimiento, reparación de activos materiales, como instrumental, equipamiento científico-técnico e informático, material bibliográfico, etc.

d) Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares, excluyendo el material de oficina.

e) Costes de adquisición de activos inmateriales, incluyendo licencias de programas de ordenador de carácter técnico.

f) Costes de apoyo y asesoramiento en materia de innovación.

g) Costes de solicitud de derechos de propiedad industrial o intelectual y otros costes derivados del mantenimiento de los mismos.

h) Costes derivados de la formación del personal o mentoría, asociado a la actuación.

i) Costes de bancos de datos, uso y gestión de repositorios de datos y bibliotecas técnicas.

j) Costes de publicación y difusión de resultados.

k) Costes de inscripción en, seminarios, conferencias, jornadas técnicas especializadas y directamente relacionadas con las actividades de innovación y transferencia de la propuesta.

l) Costes de utilización de servicios centrales del organismo siempre y cuando tengan tarifas públicas calculadas conforme a contabilidad de costes.

m) Costes de utilización y acceso a las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) y grandes instalaciones científicas, nacionales e internacionales.

n) El gasto derivado del informe de auditor, que deberá aportarse en la justificación económica, con un límite máximo de 1.200,00 €.

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